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Jorge Carpio Nicolle
3 de julio de 1993

Caso: Jorge Carpio Nicolle



Las Mentiras Plagadas por Doquier:

1 de noviembre de 1999
Ricardo Trotti

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El caso de Jorge Carpio Nicolle,director del diario guatemalteco El Gráfico asesinado en 1993,tiene los aditamentos necesarios de una dantesca trama “hollywoodense” al mejor estilo de Agatha Christie.
Además de que todavía no se sabe quién o quiénes asesinaron a Carpio o planearon su crimen,estos seis años estuvieron plagados de serias irregularidades. Tales como, la flagrante negligencia investigativa; la evaporación de importantes evidencias e informes técnicos; los asesinatos de testigos y sospechosos; el amedrentamiento de fiscales y jueces, algunos de los cuales tuvieron que exiliarse; el encubrimiento por parte de altas autoridades militares y civiles; el encarcelamiento de inocentes bajo el rótulo de chivos expiatorios ;las mentiras plagadas por doquier; y los atentados y las amenazas contra los familiares de la víctima, sin cuyo coraje no habría esperanzas de que algún día se despeje el manto de impunidad sobre este crimen.

Debido a las irregularidades en torno a un informe de balística,el 28 de abril de 1999,la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones revocó la condena de 30 años en contra de Juan Acabal Patz án, acusado del asesinato de Carpio y sus compañeros. La condena había sido impuesta por el Juzgado Primero de Sentencia,en octubre de 1997.

Acabal Patz án,como en el caso de cualquier reo y dentro del proceso judicial,tuvo el favor de la duda,y por ello fue absuelto.Había sido además convicto por otros dos hechos de sangre en Amatitlán - de Francisco Ajmac Ixcoy y Juan Patz án Pérez - perpetrados antes del crimen de Carpio. La justicia ordenó la inmediata liberación de otros implicados en el homicidio de Carpio,los hermanos Marcelino y Nazario Tuy Taniel,sentenciados a la pena de cinco años de cárcel conmutables,por la fabricación o tenencia de explosivos,y la de otros dos individuos.

Los magistrados determinaron que el arma y los casquillos que presuntamente se utilizaron para cometer los crímenes no ingresaron en la Sección de Control de Evidencias de la Policía Nacional y que tampoco aparecen registrados en los libros de control interno de laboratorio.Según el fallo,Oscar Abel García Arroyo,técnico en balística, había indicado que las vainas del arma incautada a Acabal Patz án coincidían con las ojivas encontradas en los cuerpos de las víctimas.

El tribunal se cuestionó sobre con cuáles objetos se realizó el peritaje,señalando que el testimonio de García Arroyo careció de consistencia al asegurar que existió un cambio de cañón del arma evaluada,lo que en definitiva sembró la duda.

Debido a estas contradicciones,el tribunal de apelaciones revocó la sentencia al encontrar que se había condenado a Acabal Patz án con un irregular informe técnico de balística de García Arroyo. Ante el falso testimonio,se dejó abierto un proceso judicial en contra del perito, a fin de establecer sus responsabilidades.
Un retardo injustificado

Durante casi seis años, el caso Carpio ha afrontado obstáculos legales, como la excusa de varios jueces y la renuncia de once fiscales del Ministerio Público, varios de ellos, como en el caso de Abraham Méndez y Ramiro Contreras, por amenazas y atentados en su contra.

Por último, a la luz de varias decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, es muy debatible el hecho de que la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones no haya accedido a culpar al Estado guatemalteco por retardo en el esclarecimiento del caso Carpio. La decisión de la CIDH contenida en este capítulo sobre el caso del periodista mexicano Héctor Félix Miranda, es muy clara respecto a los plazos razonables para impartir justicia y a las garantías que los estados deben aportar a los procesos investigativos y judiciales.

El caso Carpio no está dentro de esos cánones y, claramente, las irregularidades demuestran que su esclarecimiento sufre un retardo injustificado.

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