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11 de agosto de 1998

Caso: Amparo Leonor Jiménez



Revocan sentencia absolutoria:

1 de junio de 2002
Diana Calderón

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El 20 de junio del 2002, el Tribunal Superior de Valledupar revocó la sentencia por medio de la cual se absolvió al autor material del asesinato de la periodista Amparo Leonor Jiménez, ocurrido el 11 de agosto de 1998 en Valledupar, departamento del Cesar, y falló en segunda instancia condenatoria.

El fallo condena a Libardo Prada Bayona a 37 años y ocho meses de cárcel por los delitos de homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego de defensa personal. Prada Bayona deberá pagar perjuicios a los afectados el equivalente a mil gramos oro.

Prada Bayona había sido absuelto por el Juzgado Penal del Circuito de Valledupar el 23 de enero del 2002, providencia que fue apelada por el fiscal y el ministerio público.

La absolución de Prada Bayona fue objeto de un pronunciamiento de esta Sociedad Interamericana de Prensa en marzo del 2002. La SIP le solicitó al Tribunal Superior de Valledupar responder a la apelación con la mayor brevedad y a la Procuraduría General de la Nación investigar al Juzgado Penal del Circuito de Valledupar que absolvió a Prada Bayona, en un juicio que se dilató por más de un año.

Los magistrados Ramiro Alfredo Larrazabal, Adalberto Márquez y Alfredo Ariza Padilla, tras el estudio del caso, revocaron la sentencia absolutoria.

Prada Bayona fue detenido once días después del homicidio y acusado del homicidio el 16 de abril de 1999 como el autor material. Fue reconocido por tres testigos mediante un retrato hablado. Su vinculación inicial al proceso se produjo por la declaración de una persona que presenció días antes del asesinato de la periodista, una conversación en la que Prada Bayona comentó que un jefe paramilitar le había encargado matar a la periodista.

En un documento que reposa en el expediente de la Fiscalía aparece que Prada Bayona trabajaba para los paramilitares de la zona del César, René Ríos González y Salvatore Mancuso, miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia, que en febrero de 1996, amenazaron y despojaron de sus pertenencias a Jiménez y a su camarógrafo durante una cobertura periodística que realizaban para el noticiero Q.A.P. sobre el desalojo a sangre y fuego de más de 100 campesinos de la Hacienda Bellacruz de de propiedad del ex congresista y ex ministro colombiano, Carlos Arturo Marulanda.
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Marulanda fue detenido el 16 de julio del 2001 por la INTERPOL en Madrid, España, para hacer efectiva una orden de extradición que había emitido un juzgado por conformación de grupos paramilitares y los hechos ocurridos ese 14 de febrero de 1996. En el 2002 fue extraditado a Colombia.

El proceso por este caso volvió a la Subunidad de periodistas de la Unidad de Derechos Humanos como el caso No. 479, para que la investigación continúe hacia los autores intelectuales.

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